La Cámara de Apelaciones y Garantías desestimó la apelación de la familia de Thiago que pedía anular el juicio abreviado. El expiloto deberá cumplir una pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso y está inhabilitado por 4 años para conducir.
La Cámara de Apelaciones y Garantías confirmó la condena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso de Eduardo “Lalo” Ramos por haberle causado serias lesiones al niño Thiago Franco al colisionar con su vehículo el automóvil en el que se trasladaba el menor con la familia y, además, desestimó la apelación de la querella para anular el juicio abreviado donde se había dictado la pena.
Para los jueces Raúl Alberto Paolini y Pablo Martín Poggetto la apelación de la familia de Thiago, presentada por el abogado Maximiliano Orsini, es “inadmisible” y confirmaron el acuerdo de juicio abreviado realizado en juncio entre el fiscal Pablo Cistoldi y el abogado de Ramos, Facundo Capparelli.
El abogado Orsini había planteado que el juicio abreviado realizado entre el fiscal Cistoldi y el abogado defensor Capparelli “se encuentra viciado de nulidad absoluta, especialmente en lo que hace al asentimiento prestado por el fiscal. Indica que el mismo ha esgrimido falsedades las cuales son parte integrativas del acta de juicio abreviado”.
Los jueces que consideraron inadmisible el planteo de Orsini, se basaron en que en el Código Procesal Penal figura que “el particular damnificado no podrá oponerse a la elección del procedimiento del juicio abreviado”.
“Dicha barrera deviene como infranqueable aún cuando lo que pretenda el recurrente es direccionar una eventual nulidad sobre las razones que llevaron al fiscal a consentir el acuerdo que se plasmara”, explican los jueces en su fallo y agregan el abogado de la familia de Thiago fue notificado y no realizó en su momento presentación alguna.
Vale recordar que también a “Lalo” Ramos le fue aplicada una inhabilitación absoluta de 4 años para conducir además de una serie de reglas de conducta que deberá respetar durante el tiempo que dura la condena.
El hecho por el que se condenó a Ramos ocurrió en la tarde del sábado 29 de marzo de 2014, cuando conducía su vehículo marca Mercedes Benz y chocó desde atrás con un Chevrolet Corsa, en el kilómetro 19 de la ruta 226, a la altura del paraje La Gloria de la Peregrina, cerca de Sierra de los Padres.
A raíz del impacto, Thiago Joel Franco -que en ese entonces tenía 5 años e iba a bordo del Corsa- sufrió triple fractura de cráneo y debió ser internado en el Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil (Hiemi).
Como consecuencia de esa lesión, el niño padece hemiplejía, síndrome postconcusional, epilepsia y síndromes epilépticos sintomáticos relacionados con localizaciones y trastorno de la conducta sociable, que se traduce en inestabilidad emocional, ansiedad, falta de concentración, crisis de furia e irritación.